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Relevancia del fortalecimiento del Sector Microfinanciero

Por Renzo Abanto Bossio[1];

Miembro del Equipo de Banca y Finanzas de The Key.

1. Antecedentes

Durante el primer semestre del año 2021 ha sido posible ver un mayor nivel de actividad económica que en el ejercicio 2020[2], resultado de un incremento en la demanda interna. Sin embargo, esto no asegura una recuperación a niveles de empleo o consumo previos a la pandemia. Por el contrario, si añadimos los efectos de la coyuntura política en la que vivimos, podremos coincidir en que el escenario en lo económico es incierto.

Al respecto, debemos recordar que el cese de actividades económicas impuesto a inicios de la pandemia tuvo un efecto perjudicial en la pequeña y microempresa, afectando su capacidad de enfrentar las obligaciones previamente asumidas. Esta situación no solo afecto los puestos de trabajo generados por este tipo de empresas, si no que asimismo impacto adversamente a las instituciones microfinancieras enfocadas en este segmento.

 

Lo dicho resulta sumamente relevante en una coyuntura de potencial recuperación económica, en la que la participación de las entidades microfinancieras puede impulsar la actividad de la pequeña y microempresa, y por ende su capacidad de generar empleo y consumo.

 

En ese sentido, las políticas públicas que se adopten para incentivar la reactivación económica deben partir de un enfoque prudencial y en base a este permitir el fortalecimiento de las instituciones microfinancieras, a fin de que estas se encuentren en capacidad de funcionar como catalizadores de la reactivación de la micro y pequeña empresa[3].

 

Es a la luz de lo antes señalado que revisaremos las principales características del Programa de Fortalecimiento Patrimonial de las Instituciones especializadas en Microfinanzas (en adelante, el “Programa”), aprobado mediante Decreto de Urgencia N° 037-2021 (en adelante, el “DU”). Esto con la finalidad de entender la forma en que el Estado podría participar en el proceso de fortalecimiento patrimonial.

2. Programa

Como se desprende del DU, desarrollado posteriormente por el Reglamento Operativo aprobado mediante Resolución Ministerial N° 188-2021-EF/15 (en adelante, el “ROP”), el Programa contempla distintas alternativas – denominadas subprogramas – para el proceso de fortalecimiento patrimonial, tal como veremos a continuación:

 

2.1. Inversión en Acciones Preferentes

Se contempla la posibilidad de que el Estado participe temporalmente en el capital social de las Cajas Municipales de Ahorro y Crédito, así como de la Caja Municipal de Crédito Popular de Lima. La participación se realiza mediante la suscripción de acciones preferentes.

 

2.2. Inversión en Deuda Subordinada

En lo que respecta a inversión en deuda subordinada, se permite que el Estado adquiera temporalmente deuda subordinada correspondiente a Financieras, Cajas Municipales de Ahorro y Crédito, Cajas Municipales de Crédito Popular y Cajas Rurales de Ahorro y Crédito, cuya cartera crediticia tenga un componente relevante de créditos otorgados a la pequeña y microempresa[4].

 

2.3. Facilitación de Reorganización Societaria

El DU contempla la posibilidad de que el Estado otorgue recursos y/o garantías a las entidades microfinancieras a fin de permitir su reorganización societaria. Sin embargo, este subprograma se activa solo en tanto las entidades microfinancieras que participan de los subprogramas antes mencionados incumplan los compromisos que asuman bajo el DU y ROP.

 

Cabe señalar que los subprogramas antes mencionados vienen acompañados por la flexibilización de medidas prudenciales[5]. Ello con la finalidad de consolidar el sistema microfinanciero al permitir que las empresas que pudieran enfrentar el sometimiento de regímenes especiales, como la intervención, cuenten con un periodo con una menor carga regulatoria para acogerse al proceso de fortalecimiento patrimonial.

 

Por su parte, de acuerdo con lo establecido en el ROP, los recursos destinados al Programa serán incorporados a un fideicomiso bajo el dominio de COFIDE. Este a su vez, dependiendo del subprograma, adquirirá con cargo a dichos recursos las acciones preferentes o bonos subordinados y ejercerá los derechos que estas otorguen durante el periodo en que permanezcan en el patrimonio fideicometido.

 

La posibilidad de participar en el Programa está sujeta a la evaluación previa de las entidades participantes, así como la asunción por parte de estas de una serie de compromisos regulados en el ROP.

3. Comentarios Finales

En una coyuntura como la actual, donde la crisis sanitaria ha afectado a la pequeña y microempresa, y donde el escenario político genera mayor incertidumbre respecto del proceso de reactivación económica, es fundamental el rol que las entidades microfinancieras pueden cumplir. En tanto que el sector microfinanciero sea lo suficientemente sólido, será posible para las entidades que lo integran el impulsar la reactivación mediante el fondeo de la pequeña y microempresa.

 

Es por ello que resulta de particular interés observar el enfoque preventivo que el Estado adopta mediante el Programa, a fin de facilitar el fortalecimiento patrimonial de las entidades microfinancieras.

 

A la fecha, el plazo de acogimiento al Programa ha sido ampliado[6], por lo que habrá que estar atento a como se desarrolla el mismo y cuál es su impacto en la consolidación del sector microfinanciero e indirectamente en el impulso de la esperada reactivación económica.

[1] Gerente Legal de Finanzas Corporativas de Corporación DANPER, así como profesor de la Escuela de Postgrado de la Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas – UPC. Las opiniones contenidas en el presente artículo se emiten a título personal del autor.

[3] Conforme se desprende del “Informe de Estabilidad Financiera – mayo 2021”, emitido por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, el sistema financiero ha logrado soportar las consecuencias adversas derivadas de la pandemia. No obstante, del análisis realizado, se concluye que la participación de las entidades microfinancieras en el proceso de reactivación económica es particularmente relevante para proteger la cadena de pagos a nivel de la micro y pequeña empresa. En ese sentido, se da un enfoque preventivo al programa de fortalecimiento patrimonial de las empresas especializadas en el sector microfinanciero.

En: https://www.sbs.gob.pe/Portals/0/jer/pub_InformeEstabilidad/Informe%20de%20Estabilidad%20Financiera_2021-I.pdf

[4] De acuerdo a lo dispuesto por el artículo 4° del DU, conjuntamente con el cumplimiento de las condiciones establecidas tanto en el DU como en el ROP, la cartera de créditos otorgada a la pequeña y micro empresa de las entidades que se acojan a este subprograma deberá ser superior al 50% de su cartera total.

[5] Entre otros aspectos, el DU establece excepciones temporales respecto de la aplicación del límite global, requerimientos de patrimonio efectivo, así como supuestos de sometimiento a regímenes especiales.

[6] Mediante Decreto de Urgencia N° 101-2021 se amplia hasta el 31.03.2021 el plazo de acogimiento al Programa.

Imagen de cabecera: unsplash.com