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Los tipos de fondos mutuos en el Perú y su inscripción en la Superintendencia del Mercado de Valores-SMV

Por Oscar Miguel García Tipismana;

Asesor legal en Inteligo Perú Holding S.A.C.

Miembro del Equipo de Mercado de Valores de The Key Perú.

I. Introducción

A lo largo de los últimos años la industria de fondos de inversión y fondos mutuos ha ido creciendo de manera vertiginosa y acelerada, y, a no ser por los acontecimientos del año pasado (2021) que motivaron un retiro masivo de capital del país, el avance en la administración y regulación de los fondos ha sido progresivo.

 

Los cambios regulatorios efectuados en los últimos años han promovido y acelerado el ingreso de nuevos fondos mutuos, así como nuevos tipos de fondos y nuevas formas de crear fondos mutuos (portafolios y opciones de inversión) y si bien es innegable el fortalecimiento, aún falta mucho trabajo por realizar.

 

El presente articulo tiene por finalidad poner en contexto a cualquier persona interesada, tanto en invertir como en administrar un fondo mutuo, sobre los tipos de fondos mutuos, su manera de inscribirse ante la Superintendencia del Mercado de Valores – SMV y conocer los datos estadísticos de los últimos años sobre este tipo de inversión. 

II. Los fondos mutuos a inicios del 2022

Desde diciembre de 2018 hasta diciembre 2020, las sociedades que pueden administrar fondos mutuos, registrados en la SMV, se han incrementado, así como el patrimonio total administrado; este hecho demuestra que este tipo de inversión cada vez tiene mayor impacto y relevancia en la sociedad peruana. Lamentablemente, para diciembre de 2021, tanto número de fondos operativos, número de participes y patrimonio neto han disminuido, esta situación tiene como origen el resultado de las elecciones del año pasado y el conflicto político que aún a la fecha se mantiene, afectando a todo tipo de inversiones, y en nuestro caso en particular, a los fondos mutuos. A continuación, se les presenta un cuadro con la información de los últimos cuatro (4) años sobre los fondos mutuos:

Cuadro Nº 1

Fuente: Superintendencia de Mercado de Valores – SMV[1]

Desde diciembre de 2018 hasta diciembre 2020, las sociedades que pueden administrar fondos mutuos, registrados en la SMV, se han incrementado, así como el patrimonio total administrado; este hecho demuestra que este tipo de inversión cada vez tiene mayor impacto y relevancia en la sociedad peruana. Lamentablemente, para diciembre de 2021, tanto número de fondos operativos, número de participes y patrimonio neto han disminuido, esta situación tiene como origen el resultado de las elecciones del año pasado y el conflicto político que aún a la fecha se mantiene, afectando a todo tipo de inversiones, y en nuestro caso en particular, a los fondos mutuos. A continuación, se les presenta un cuadro con la información de los últimos cuatro (4) años sobre los fondos mutuos:

Ahora bien, las expectativas para este 2022 se consideran positivas y se espera, al menos a la fecha, poder repatriar la gran mayoría de fondos que salieron en medio de la coyuntura política del año pasado, dado que a la fecha la economía parece más fuerte de lo imaginado y en plena recuperación y crecimiento.

 

En este escenario, cualquier sociedad administradora que desee constituir un fondo mutuo, debe considerar importante, dentro de su análisis, qué tipos de fondos quiere inscribir y cuáles son los que cubren sus expectativas, tanto suyas como de sus potenciales clientes, pues al final son ellos quienes van a comprar (invertir) en sus productos.

 

Para empezar, dentro de la diversa información que se debe incluir en los documentos para inscribir un fondo mutuo, la más importante a definir es el objetivo de inversión y su política de inversiones. El Reglamento de Fondos Mutuos de inversión en valores y sus sociedades administradoras no da una definición exacta de estos conceptos, pero sí indica que deben contener para ser aprobados por la SMV; esta vaguedad en la definición, pero no en su contenido, resulta un camino adecuado para un instrumento que necesita de muchas flexibilidades para mantenerse vigente en un mundo financiero.

 

De ese modo, el objetivo y la política de inversión deben incluir la estructura del portafolio, los límites mínimos y máximos de inversión, distribución de tipos de instrumentos, moneda de inversión, mercados donde invertir, niveles de riesgo y derivados. Cabe resaltar que el objetivo y la política de inversión son caras de la misma moneda, no se entiende el objetivo sin la política y viceversa; esta dicotomía es el corazón de todo fondo mutuo.

III. Tipos de fondos mutuos

Ahora bien, respecto a los tipos de fondos mutuos, el Anexo G del Reglamento de Fondos Mutuos de inversión en valores y sus sociedades administradoras dispone nueve (9) tipos de fondos mutuos, los cuales define para que tanto las sociedades administradoras, así como los potenciales clientes, comprendan:

(i) Fondos mutuos de instrumentos de deuda: Son aquellos que invierten 100% de su cartera en este tipo de instrumentos, como por ejemplo bonos, pagares, instrumentos de corto plazo, entre otros. Estos fondos pueden subclasificarse, dependiendo de la duración del instrumento de deuda en el que se invierte, en: (a) muy corto plazo (hasta 90 días); (b) corto plazo (mayor a 90 días hasta un año); (c) mediano plazo (mayor a un año y hasta tres años); (d) largo plazo (mayor a 3 años); y, (e) flexible (duración variada).

 

(ii) Fondo Mutuo Mixto Moderado: Son los fondos mutuos que disponen como inversión un mínimo de 75% de inversión en instrumentos de deuda y un máximo de 25% de inversión en instrumentos de renta variable.

 

(iii) Fondo Mutuo Mixto Balanceado: Este tipo de fondo es aquel que invierta como mínimo un 50% en instrumentos de deuda y un mínimo de 25% en instrumentos de renta variable.

 

(iv) Fondo Mutuo Mixto Crecimiento: Es el fondo mutuo que invierte como mínimo 25% en instrumentos de deuda y 50% como mínimo en instrumentos de renta variable

 

(v) Fondo Mutuo de Renta Variable: Es aquel fondo que invierte como mínimo de 75% en renta variable.

 

(vi) Fondo Mutuo Garantizado: Son aquellos fondos mutuos que garantizan el 100% de la inversión realizada y ofrecen una rentabilidad. Esta garantía debe estar constituida a favor del fondo; como ejemplo, se puede constituir una carta fianza. Asimismo, hay dos subtipos de este fondo: (a) fondo mutuo garantizado parcial (garantiza el 75% de la inversión); y, (b) fondo mutuo garantizado rendimiento (garantiza el 100% de la inversión e incluso también la rentabilidad).

 

(vii) Fondo Mutuo Estructurado: Son aquellos fondos que buscan recuperar la inversión y obtener una rentabilidad, la gran diferencia es que tienen una estructura de inversión, normalmente con vencimiento y de gestión pasiva (se compra los instrumentos y se espera la maduración del producto); se diferencian de los garantizados al no tener una garantía.

 

(viii) Fondo de Fondos: Es el tipo de fondo mutuo que invierte al menos 75% en otros fondos abiertos, pudiendo invertir exclusivamente en un solo fondo mutuo.

 

(ix) Fondo Mutuo Flexible: Tipo de fondo cuya clasificación no encaja en alguno de los tipos anteriores.

Cabe indicar que, en el mercado de fondos mutuos peruano, no todos estos tipos de fondos son usados, de hecho, de los nueve (9) tipos de fondos mutuos, mayoritariamente se han centrado en cuatro (4) tipos de fondos, fondos de fondos, fondo mutuos estructurados, fondos mutuos de deuda y fondos mutuos flexibles. Esta afirmación se basa en la información publicada por la SMV, la cual queda reflejada de manera didáctica en el Cuadro Nº 2 sobre los principales indicadores de fondos mutuos desde el 2017 al 2021.

Cuadro Nº 2

Principales indicadores de Fondos Mutuos operativos 2017 – 2021

Fuente: Superintendencia del Mercado de Valores – SMV

Elaboración: Intendencia General de Investigación e Innovación – SMV [2]

IV. Inscripción de los fondos mutuos en la SMV

Los fondos mutuos pueden ser inscritos en la SMV presentando todos los documentos que exige la normativa respectiva; sin embargo, tanto el mercado como el propio contexto de las inversiones han incentivado a la creación de mecanismos alternativos a la aprobación, y ya no solo previa evaluación de dicha entidad supervisora. Por ello, a continuación, detallamos las formas de aprobación que se tiene de los fondos mutuos:

(i) Evaluación previa: Esta es la forma estándar de inscripción de un fondo mutuo. Anteriormente, era la única forma de hacerlo, previa evaluación de la SMV durante un periodo máximo de veinte (20) días hábiles, lo cual conllevaba a una demora en la inversión, incluso en aquellos fondos similares a los previamente aprobados.

 

(ii) Aprobación automática en caso de Programa de fondos mutuos: Posteriormente, con un cambio normativo, la SMV abrió la posibilidad de tener fondos mutuos dentro de un Programa. Un Programa es un documento donde se encuentran las características básicas y similares de todos los fondos mutuos que conformaran el referido programa (objetivo y política de inversión, benchmark, comité de inversiones). Solo el Programa y el primer fondo (dentro del Programa) son evaluados de manera previa, los fondos mutuos posteriores, siempre y cuando cumplan con las características del Programa, son aprobados de manera automática.

 

(iii) Aprobación automática mediante uso de E-prospectus: Es un mecanismo poco usado debido a que su aprobación requiere el uso de un formato estructurado aprobado por la SMV, el cual, si bien tiene elementos básicos y suficientes para entender un fondo mutuo, no deja espacio a la innovación o imposición de reglas alternativas a las ya consideradas por el formato. Por ello, a la fecha es una de las formas menos usadas por las sociedades administradoras.

 

(iv) Aprobación automática para fondos dirigidos a institucionales: La normativa contempla fondos mutuos, de cualquiera de los tipos antes descritos, que puedan ser dirigido exclusivamente a inversionistas institucionales; de ser así, dicho fondo será aprobado de manera automática por la SMV, permitiendo mayor agilidad en el trámite. Cabe precisar que ello se hace en el entendido que los inversionistas institucionales no requieren un nivel de protección igual o mayor que al que se le da a un inversionista sencillo (ciudadano de a pie), dado que conocen en qué tipos de instrumentos invierten.

V. Conclusión

Los temas de fondos mutuos cada vez cobran mayor relevancia para la población peruana ello debido al éxito que han venido obteniendo y a una mayor educación financiera que permite ver a estos instrumentos como alternativas a los depósitos en los bancos y cajas, sin dejar de lado las seguridades que solo puede brindar una industria regulada.

 

Asimismo, al tener más personas interesadas en estos productos se incrementa la necesidad de tener más información sobre los fondos mutuos de manera clara y simplificada que la descrita en el Reglamento de Fondos Mutuos de inversión en valores y sus sociedades administradoras, pero sin perder la imparcialidad y rigurosidad que un texto académico brinda.

[2] Cuadro tomado de la página web de la SMV. Cuadro Nº 4.1: Principales Indicadores de Fondos mutuos Operativos. Periodo: Diciembre 2017 – Diciembre 2021. En: https://www.smv.gob.pe/Frm_AnuarioEstadist?data=39120DDD87509B5F5A23A1CF27177296E40E85BDEF

Imagen de cabecera: unsplash.com